Certificación energética

IEE Ayudas y Subvenciones

Posted on Actualizado enn

A continuación de explicamos los criterios exigibles para la solicitud de ayudas y subvenciones para la implantación y subsanación de deficiencias del informe de evaluación de edificios IEE.
Si todavía no sabes que es el IEE, para que edificios es obligatorio, cuando cuesta, etc.. consulta nuestro post IEE Informe de Evaluación de Edificios
 IEE LLODIO
Imagen: via http://iee-llodio.com/

1. Programa de implantación del IEE

El objetivo de este programa es impulsar la implantación del informe de evaluación de edificios mediante la subvención de parte de los gastos de honorarios profesionales para su emisión.
Los beneficiarios de estas ayudas son las comunidades de propietarios que realicen este informe antes de 2016.
La cuantía de ayuda será equivalente a unos 20 € /vivienda y una cantidad máxima de 20 € por cada 100 m2 de superficie de local, sin que en ningún caso se superen los 500 € ni el 50 % del coste del informe por edificio.
La única condición para la obtención de la ayuda será presentar el IEE y la correspondiente factura de honorarios del profesional.
MSASESORESImagen: via http://msasesores.es/

2. Rehabilitación edificatoria

El objetivo de estas ayudas es facilitar la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención de edificios residenciales colectivos para subsanar las deficiencias detectadas en el IEE.
Los beneficiarios pueden ser comunidades de propietarios además de las Administraciones Públicas.
Los requisitos que deben cumplir los edificios para los que se solicitan las ayudas son los siguientes:
1.Estar finalizados antes del 1981
2.Que al menos el 70 % de la superficie construida sobre rasante tenga uso residencial vivienda
3.Que al menos el 70 % de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios
4.Edificios que sin cumplir las condiciones anteriores, presenten graves daños estructurales o tengan como destino el alquiler durante al menos 10 años.
Las acciones subvencionables deben dirigirse a subsanar las deficiencias constructivas, mejorar la calidad y sostenibilidad del edificio ó mejorar la accesibilidad.
Al coste total de las obras se podrán incluir los honorarios profesionales para la redacción de proyectos, informes y certificados licencias y gastos de tramitación necesarios para la ejecución de las obras.
Los requerimientos para la obtención de las ayudas son:
1.Que el edificio cuente con el correspondiente IEE
2.Que exista un acuerdo por escrito de la Comunidad de Propietarios
3.Para las mejoras de accesibilidad o sostenibilidad el edificio deberá contar mínimo con 8 viviendas
4.Para las mejoras de conservación se admitirán edificios con menos de 8 viviendas
5.Se admitirán reformas en edificios de menos de 8 viviendas cuando habiten discapacitados o mayores de 65 años
6.Se deberá aportar el proyecto de actuación o memoria suscrita por técnico competente.
La cuantía máxima no podrá superar los 11.000 € por vivienda o por cada 100 m2 de superficie útil de local, detallado según los siguientes precios unitarios:
  • hasta 2.000 € por mejoras de conservación
  • hasta 1.000 € por mejorar la sostenibilidad
  • hasta 2.000 € por mejorar la sostenibilidad cuando se mejore la eficiencia energética en un 30 %
  • hasta 5.000 € por mejorar la sostenibilidad cuando se reduzca un 50 % la demanda de calefacción y refrigeración
  • hasta 4.000 € por mejorar la accesibilidad.
El reembolso de la ayuda se llevará a cabo cuando el beneficiario aporte los documentos requeridos y realice las obras de rehabilitación en un plazo máximo de 16 meses o 18 meses cuando los edificios tengan más de 40 viviendas.
Puedes seguir informado de nuestras publicaciones sobre ayudas en la categoría subvenciones.

 

IEE: INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS

Posted on Actualizado enn

A continuación te indicamos las claves para conocer que es el informe de evaluación de edificios IEE:
 LOGO FOMENTOImagen: via http://www.fomento.gob.es

¿Qué es el IEE?

El informe de evaluación del edificio es un documento muy completo que abarca la práctica totalidad de los elementos del inmueble. Para su elaboración se tendrán en cuenta especialmente el estado de conservación del edificio, fachadas, cubiertas, estructura, cimentación, eficiencia energética y accesibilidad.

¿En que se diferencia el IEE de la ITE?

La inspección técnica de edificios ITE está regulada por cada municipio y en ella se detallan las condiciones de seguridad, estabilidad y consolidación del edificio, sin embargo el IEE será exigido según la Ley de Rehabilitación RD235/2013 a todo el territorio nacional y añadirá a las características recogidas por la ITE las condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.

¿Para que edificios será obligatorio presentar el IEE?

El informe de evaluación de edificios será obligatorio para los edificios con tipología residencial colectiva de más de 50 años salvo que tengan una ITE vigente.
También será obligatorio para todos los edificios que soliciten ayudas públicas para obras de conservación, mejoras de accesibilidad o eficiencia energética.

¿Cuál es el resultado del informe?

El informe se desglosa en tres partes y cada una de ellas tendrá un resultado FAVORABLE o DESFAVORABLE.
En la primera parte se estudiará el estado de conservación de la cimentación, estructura, cubiertas, azoteas, fachadas, medianerías e instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento y telecomunicaciones. En este caso, será obligatorio subsanar las deficiencias detectadas con carácter desfavorable.
La segunda parte del IEE estudia las condiciones de accesibilidad y en el resultado será desfavorable cuando las deficiencias puedan ser subsanadas sin suponer una carga desproporcionada para los propietarios. Las mejoras en este campo abarcan la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, dispositivos de información para la orientación en las escaleras y ascensores o la instalación de dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como porteros  videoporteros.
Por último, la tercera parte corresponde a la certificación energética del edificio y tendrá como resultado una calificación energética en modo de letra siendo A la más positiva y G la más negativa. Un resultado negativo no supondrá ninguna obligación de mejora por parte de los propietarios.
FOMENTO
Imagen: via http://www.fomento.gob.es

¿Cuál es el precio aproximado del IEE?

El precio por la redacción del informe, viene dado principalmente por la superficie catastral del inmueble, aproximadamente los honorarios para IEE de menos de 2.300 m2 cuestan unos 700 €, para edificios entre 2.300 y 5.000 m2 se calcularán a 0,30 € /m2 y para edificios entre 5.000 y 10.000 m2 la proporción será de 0,25 € / m2.

¿Existen ayudas o subvenciones para implantar el IEE y subsanar las deficiencias?

Sí, actualmente existen dos tipos de ayudas para comunidades de propietarios, puedes consultar toda la información en el post Subvenciones IEE